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COMUNICADO DE PRENSA
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO

Ésta Asociación comunica a la opinión pública que con fecha 17 de Junio de 2004, el ESTADO NACIONAL ha procedido a través del Ministerio de Economía, -depositario de las acciones que el mismo posee en Aerolíneas Argentinas-, a solicitar mediante escrito judicial en el Juzgado Comercial Nro15, Secretaría Nro. 29, a cargo de la Dra. Di Notto, que se deje sin efecto le Resolución Asamblearia de AEROLÍNEAS ARGENTINAS del día 5 de Agosto de 2003, que aprobó el Balance correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de Diciembre de 2002 de nuestra Línea Aérea de Bandera; y que extienda sus efectos a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas convocada para el día 22 de Junio de 2004, requiriendo explícitamente que se ordene la suspensión del tratamiento de los puntos 3ero, 4to y 5to (ver reverso) de la Orden del Día de la misma, en correspondencia con lo decidido y votado por el Estado Nacional en la Asamblea del 5/8/03.

Nuestro Estado fundamenta su pedido, en haber aportado nuevas, abundantes y concluyentes pruebas respecto de que AIR COMET S.A ES LA CONTROLANTE DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS, dado que la Dra. Di Notto aún sostenía que no le constaba que así fuera, y puntualiza, que ha tomado esta decisión e interpuesto la acción judicial precisada, con el fin de proteger los intereses del Estado Nacional y evitar que la mayoría accionista abuse de su posición dominante, lesionando los intereses de dicho Estado. Asimismo, para el caso que no se haga lugar a la acción intentada, se deja reservada la posibilidad de que el Estado plantee el caso a nivel federal (Corte Suprema), por hallarse vulnerados esenciales principios de nuestra Constitución Nacional.

Esta acción judicial tomada por el Estado Nacional, dos días después de haber aportado a Aerolíneas Argentinas $ 8.1250.000 pendiente de una suscripción de capital registrada en el año 2001, cuando aún la compañía era propiedad de la Sociedad Estatal de Participación Industrial (SEPI) de España, pone una vez más en evidencia la campaña de mentiras y desinformación que ha sido la norma de comportamiento o “modus operandi” de Air Comet-Marsans desde que arribó a la Argentina en Octubre de 2001, dado que en un reciente comunicado de fecha 16/6/04 ha afirmado con descaro que, “…con ese aporte el Estado Argentino se configura como un accionista activo en apoyo del plan de inversiones y desarrollo de la Compañía. Y que el requisito formal del aporte antes citado, permitirá a Aerolíneas Argentinas inscribir otras ampliaciones de capital realizadas por los demás accionistas de la Empresa…”.

Como con objetividad e irrebatibilidad se desprende tanto de los términos de la presentación judicial estatal, como de los puntos específicos que la misma rechaza de la Orden del Día de la próxima Asamblea de Aerolíneas Argentinas, es indudable que el Estado Argentino objeta y no acepta ni el Balance General de 2003, ni la capitalización que como aportes irrevocables pretende realizar Air Comet S.A. (con dinero de créditos comprados a tres bancos en lugar de saldar esas deudas de Aerolíneas, lo que le permitió salir fraudulentamente de su Concurso de Acreedores y quedarse indebidamente con U$S 76 millones producto de fondos entregados por la SEPI/Estado español para sanear a nuestra Aerolínea de Bandera, y no para apropiación de Air Comet-Marsans).

También queda en clara evidencia, que nuestro Estado ha efectuado el referido aporte por $ 8.1250.000.- para evitar que se licue totalmente su participación accionaria en nuestra Línea Aérea de Bandera, y poder mantener su ingerencia en la defensa de los intereses del sistema de transporte aerocomercial nacional, e impedir que se perjudiquen irremediablemente los de nuestra Nación.

Ciudadela, 18 de junio de 2004.


Juan Pappalardo
Secretario Adjunto
a/c Sec. Gral.
APTA

(*) Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Aerolíneas Argentinas 22 de Junio de 2004

Orden del Día

Pto. 3. Consideración de una reducción de capital en la suma de $ 8.125.000 por falta de integración de dicha suma por parte del accionista de Clase A Estado Nacional Argentino, correspondiente al aumento de capital dispuesto por Asamblea de fecha 15 de Septiembre de 2000, 15 de Octubre de 2000 y 20 de marzo de 2001.

Pto.4 Ratificación de la aceptación efectuada por el Directorio en su reunión del 13 de mayo de 2004, respecto de aportes irrevocables realizados por AIR COMET S.A.

Pto.5 Consideración del Balance General cerrado al 31 de Diciembre de 2003 y demás documentación del artículo 234 inc. 1 de la ley 19550, e informe de la Comisión Fiscalizadora. Tratamiento del Resultado del Ejercicio. Tratamiento de la situación Patrimonial. Resoluciones a Tomar.

 

 

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