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INFORME SOBRE BALANCE DE AEROLINEAS ARGENTINAS

ASOCIACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO (APTA).

ASOCIACIÓN DE PILOTOS DE LÍNEAS AÉREAS (APLA).

INFORME Y ALERTA A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL SOBRE LA SITUACIÓN DE AEROLINEAS ARGENTINAS

LA APROBACIÓN ESTATAL DEL BALANCE 2005 DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS, CONTROLADA POR EL GRUPO ESPAÑOL MARSANS, CONSTITUIRÍA UN ACTO DE INCUESTIONABLE CORRUPCIÓN, LESIVA DEL PATRIMONIO EMPRESARIO, Y DEL INTERÉS PÚBLICO NACIONAL.

APLA y APTA, continuando con su irrenunciable lucha por los derechos y intereses de Aerolíneas Argentinas, para impedir la consumación del plan sistemático para su desaparición iniciado en 1990 con su privatización; y, en consonancia, con todas las advertencias y denuncias expresadas sobre la situación de nuestra Línea Aérea de Bandera, en Junio de 2006, en la Carta enviada al Sr. Presidente de la Nación, Dr. Néstor Kirchner.

Ratificamos:

A) MARSANS VIOLÓ EL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS CON EL ESTADO ESPAÑOL; DESVIÓ FONDOS PÚBLICOS DE ESPAÑA DESTINADOS A AEROLÍNEAS, OBTENIENDO UNA GANANCIA ILÍCITA EN SU CONCURSO DE ACREEDORES POR USD 114 MILLONES; Y PRESENTÓ BALANCES FALSOS DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS EN LOS AÑOS 2002, 2003 Y 2004, COMETIENDO FRAUDE CONTABLE EN PERJUCIO DEL PATRIMIO EMPRESARIO Y EL DE SUS ACCIONISTAS MINORITARIOS, EL ESTADO NACIONAL Y SUS TRABAJADORES (PPP).

El Contrato de compra-venta de Aerolíneas Argentinas celebrado entre el ente estatal español SEPI y el Grupo Marsans, el 2 de 0ctubre del 2001, que fuera aprobado por el Consejo de Ministros de España el 12 de octubre del 2001 y elevado a escritura pública el 15 de ese mismo mes, constituye un mandato, y así lo define el Tribunal de Cuentas de España en su Informe definitivo del 16 de marzo del 2006 sobre la privatización de Aerolíneas Argentinas. Por el mismo, Air Comet S.A, propiedad de Marsans, debía cancelar con el dinero público español entregado por la SEPI, créditos contra Aerolíneas Argentinas S.A, equivalentes a USD 300 millones, para extinguir dichas deudas y reducir en igual suma las pérdidas acumuladas de la empresa. La actuación de Marsans al comprar o subrogar dichos créditos, en lugar de pagarlos y extinguir esas deudas de Aerolíneas Argentinas, es irrefutablemente violatoria del contrato de compraventa y de lo autorizado por el Consejo de Ministros, ya que el mandatario (Marsans) no puede ejecutar una acción distinta a la encomendada por el mandante (SEPI), sin nueva autorización del mismo. Dicha actuación significó, además, un claro desvió del destino dado por la SEPI a esos fondos públicos por USD 300 millones, ya que Marsans en lugar de usarlos como contractualmente debía, para extinguir pasivos y pérdidas acumuladas de Aerolíneas Argentinas, se los apropió ilegalmente comprando esos créditos contra la compañía, reemplazando a los acreedores originales. Así, se transformó en el principal acreedor de Aerolíneas, además de su dueño; le fue posible auto-aprobar su propuesta de salida dentro del concurso de acreedores de Aerolíneas Argentinas, quebrantando el Artículo 45 de nuestra Ley de Concursos y Quiebras (lo que originó causas judiciales comerciales y penales, por simulación ilícita, nulidad del concurso, fraude y falsedad de balances); quedarse con USD 114 millones de ganancia indebida, luego del pago del 40% de dichos créditos concursales, que ahora en el Balance 2005 pretende capitalizar para hacerse en igual proporción de acciones, a expensas de las poseídas por los accionistas minoritarios, Estado nacional y el P.P.P, (trabajadores). Finalmente, el Grupo Marsans podrá convertir dichas acciones en efectivo para blanquear su ganancia indebida, mediante la venta de acciones de Aerolíneas Argentinas, como tantas veces ha declarado que es su intención.

El Convenio de Aportes Irrevocables, es un documento apócrifo firmado entre Interinvest (dueña de las acciones de Aerolíneas Argentinas y Austral) el 15/10/01, cuando ya había sido vendida a Marsans pero aún era presidida por un Director de la SEPI, y la misma SEPI, representada por otro de sus Directores. Fue confeccionado a efectos de seudo legitimar la mencionada compra de créditos, y encubrir entre la SEPI y los dueños de Marsans, la violación del Contrato de Compraventa de Aerolíneas Argentinas.

En el mismo, Interinvest y SEPI acordaban que la primera compraría los mencionados créditos contra Aerolíneas por USD 300 millones, y que la SEPI le aportaría los fondos necesarios para hacerlo. Esos créditos se imputarían contablemente como Aportes Irrevocables de Capital a cuenta de una futura suscripción de acciones de Aerolíneas por parte de Marsans, la cual intenta realizar ahora en su Balance 2005. Mediante esta maniobra fraudulenta, los dueños de Marsans –que ya eran de hecho los nuevos dueños de Interinvest-, buscaban legitimar el ardid descripto anteriormente, para quedarse ilícitamente con USD 114 millones, en detrimento de los intereses de Aerolíneas Argentinas, el Estado nacional y el P.P.P.

Ese Convenio de Aportes Irrevocables es absolutamente falso. En primer lugar, porque el objeto de la venta (Interinvest, ya vendida a Marsans), no puede milagrosamente transformarse en el sujeto de la misma, y suscribir un contrato con su propia vendedora, la SEPI; el que encima fija estipulaciones absolutamente contrarias a las registradas en el contrato de venta de Interinvest a Air Comet-Marsans, por parte de la misma SEPI (la compra de créditos de Aerolíneas en lugar de saldarlos). Además, dicho Convenio nunca fue autorizado por el Consejo de Ministros de España, ni tampoco elevado a escritura pública, dos condiciones insoslayables para que sea considerado como válido, según la ley española. Motivos por los cuales, la SEPI nunca lo entregó para su evaluación, ni al Tribunal de Cuentas ni a la Comisión Mixta del Congreso de España, quienes están investigando la privatización de Aerolíneas Argentinas, por parte del Estado español.

En relación a estos graves delitos cometidos por Marsans en España y Argentina, con directo perjuicio a los intereses nacionales de ambos países, no han sido solo APTA y APLA, quienes los denuncian. También lo ha hecho, y lo fundamenta debidamente, el Tribunal de Cuentas de España en su Informe Final de Fiscalización N: 705, del 16/03/06, sobre las operaciones entre el Sector Público estatal español y Aerolíneas Argentinas:

“Una vez que AIR COMET (que no era la propietaria de los fondos sino una simple mandataria que debía utilizarlos con un único fin) realizase el pago, ese pago debía producir la extinción de las deudas y no el simple cambio de la personal del acreedor. Obviamente, son figuras jurídicas distintas “el pago”, que aunque sea realizado por un tercero produce la extinción de la deuda (artículos 1.156 y siguientes del Código Civil), y “la subrogación” en la posición de acreedor, modificando la relación establecida al originarse la obligación (artículo1.203 y siguientes del Código Civil)”.

“El cumplimiento del compromiso establecido entre SEPI y AIR COMET requería la extinción de los pasivos asumidos, SEPI y no su adquisición por AIR COMET; implicando esta última actuación una modificación del Contrato de 2 octubre 2001, que en todo caso debería haber sido aprobada por el Consejo de Ministros”

“El carácter preceptivo de la intervención del Consejo de Ministros, hace necesario que el proceso haya de ejecutarse en los mismos términos que han sido autorizados; y si SEPI entiende conveniente modificar en algún extremo lo autorizado, es preciso para ello una nueva autorización del Consejo de Ministros. Perderían su significación y su eficacia todas las actuaciones y controles previos requeridos por el Acuerdo del 28 de Junio de 1996 para llevar a cabo una privatización, si luego se pudieran alterar unilateralmente las condiciones aprobadas”

Conclusiones:
-En los párrafos citados, entre varios referidos al tema en igual sentido, es el propio Tribunal de Cuentas de España, quien afirma que el contrato de compraventa de Aerolíneas Argentinas fue violado por Marsans, al subrogar/comprar determinados créditos contra Aerolíneas que debía ser pagados para extinguir esas deudas de la compañía, y no para cambiar la persona del acreedor, remplazando Marsans a los originales; desviando con dicha maniobra, el destino de los fondos públicos españoles por USD 300 millones entregados por la SEPI.

-Asimismo, el Tribunal de Cuentas determina, que para cambiar ese destino (estipulado en el Contrato de Compraventa de Aerolíneas), era indispensable una nueva autorización del Consejo de Ministros de España, lo que jamás ocurrió.

Tampoco es APTA y APLA, sino el Estado argentino, Presidido por Néstor Kirchner, quien acusó al Grupo Marsans de los mismos delitos denunciados por nuestros sindicatos, aún con mayor dureza y evidencias, en la Ampliación de la Impugnación Judicial al Balance 2004 de Aerolíneas Argentinas, presentada el 13/03/06, por los Ministerios de Planificación Federal y de Economía:

“El reconocimiento de esos créditos subrogados le permitieron a la mayoría obtener la votación y aprobación del acuerdo homologatorio en el concurso preventivo de acreedores en abierta violación de lo previsto en el art. 45 de la LCQ, perjudicando primero al resto de los acreedores en el proceso concursal”.

“Por todo ello, en los estados contables de Aerolíneas Argentinas SA. se contemplan pasivos concursales por importes que totalizan mas de 328 millones de pesos (40% de los créditos subrogados), que fueron oportunamente cancelados en Diciembre de 2001 por la SEPI y por ende no pueden seguir figurando en el pasivo de Aerolíneas Argentinas SA.”

“Estas acreencias inexistentes se encuentran a favor de empresas del grupo que controla el accionista mayoritario de Aerolíneas Argentinas SA, que además pretende capitalizar parcialmente en la sociedad dichos créditos, en claro perjuicio de los accionistas minoritarios que son el Estado Nacional y el Programa de Propiedad Participada”

“Como se ha expresado ante V.S. los balances que el Estado Nacional ha cuestionado no reflejan la realidad económica financiera de la empresa y es esa falta de veracidad que lo ha llevado a impugnar los estados contables de ARSA, sustentándose la impugnación en la ilegitimidad de pasivos cuya existencia es falsa”

“Todas estas maniobras han tenido por objeto disminuir la participación accionaria del Estado Nacional, que de acuerdo al pliego de privatizaciones no debe ser inferior al 5%, pero que gracias a las maniobras de la demandada ha descendido al 1,344247% (según balance de la empresa que no fueron aprobados por mi mandante)” “Estos antecedentes demuestran claramente que la conducta cuestionada permitió la licuación indebida e injustificada de la participación accionaria del Estado Nacional”

Desde la irrupción del Grupo Marsans en el control accionario de Interinvest S.A. en reemplazo de la SEPI, 17 de Octubre de 2001, en forma sistemática, el Estado Nacional y el Programa de Propiedad Participada han sido perjudicados mediante el impedimento del ejercicio del derecho a la información, la licuación de su participación accionaria, principalmente mediante capitalización de aportes irrevocables cuya legitimidad es cuestionable, y mediante operaciones perjudiciales para ARSA, que beneficiarían a otras empresas del Grupo Marsans.”

Conclusiones:
El Estado argentino, a su más alto nivel ministerial, es quien ha efectuado hace apenas siete meses ante la justicia argentina, puntuales y gravísimas acusaciones contra los dueños del Grupo Marsans, por probados delitos y perjuicios económicos contra Aerolíneas Argentinas; los acreedores minoritarios de su concurso de acreedores (Estado nacional entre ellos); y sus accionistas minoritarios (Estado nacional y trabajadores). Daños extensivos a toda nuestra sociedad, por encontrarse damnificado el Estado nacional, y nuestro principal patrimonio aerocomercial.

Es decir, tanto el Tribunal de Cuentas Español como el Estado nacional, han acusado hace escasos meses a los propietarios de Aerolíneas Argentinas, de Air Comet (dueña accionaria de Aerolíneas y Austral), y del Grupo Marsans, Gonzalo PASCUAL y Gerardo DÍAZ, de los mismos delitos –sumados a otros-, que APLA y APTA los han acusado infructuosamente desde hace años.

Los argentinos deben tener bien presente, que los españoles Pascual y Díaz han sido desde el comienzo de su desembarco en Aerolíneas Argentinas, sus socios mayoritarios con un 66% (hoy 100% luego de la salida intempestiva de Antonio MATA), además de haber sido miembros permanentes en su Directorio; y simultáneamente, del 70 % de Air Comet (ahora el 100%); y del 98% del Grupo Marsans. Con lo cual, Gonzalo Pascual y Gerardo Díaz, fueron siempre los máximos responsables de todo lo sucedido empresarialmente en Aerolíneas Argentinas y Austral hasta la fecha, aún más que Antonio MATA, por su superior poder de decisión y control accionario.
Siendo, en consecuencia, los destinatarios principales de las denuncias y acusaciones realizadas por nuestro Estado y el Tribunal de Cuentas de España.

B) AGRAVANTES: MARSANS TAMPOCO INVIRTIÓ USD 400 MILLONES, ENTREGADOS POR EL ESTADO ESPAÑOL PARA SALDAR DEUDAS DE AEROLÍNEAS, AMPLIAR Y RENOVAR SU FLOTA Y REACTIVARLA INDUSTRIALMENTE

Marsans, no solo acumula denuncias e imputaciones, en relación al uso del dinero público español dirigido al saneamiento financiero de Aerolíneas Argentinas, sino también, respecto de las inversiones a las que se comprometieron en el Plan de Negocios del contrato de compraventa, a efectos de reactivarla industrialmente, y tampoco cumplieron, al igual que el pago de otras puntuales deudas empresarias. Sobre el particular, son lapidarias las conclusiones elaboradas por el Tribunal de Cuentas español en su Informe Final sobre Aerolíneas Argentinas (16/03/06):

“Air Comet, no ha llegado a acreditar el cumplimiento del compromiso de incorporar 23 aviones a la flota existente en el plazo de 38 meses, y SEPI tampoco le ha exigido el pago de los 2 millones de dólares con estaba penalizado este incumplimiento”.

“SEPI aportó otros 248 millones de dólares para que AIR COMET los destinara a la implantación del Plan Industrial, que se emplearon fundamentalmente en el pago de gastos de funcionamiento de ARSA y AUSTRAL, cuando el Plan contemplaba, entre otros aspectos, inversiones como la ampliación de la flota y el desarrollo de nuevas rutas, extremos éstos cuyo cumplimiento no ha sido acreditado debidamente por el Comprador. Los documentos que AIR COMET remitió a SEPI como justificantes del empleo de estos fondos presentan notorias deficiencias para acreditar la aplicación de las sumas percibidas, a los fines previstos en el contrato”.

“SEPI abonó por ajustes de balance de transferencia otros 205 millones de dólares que según el contrato debían destinarse al pago de deudas o pasivos de ARSA y AUSTRAL, y que se emplearon fundamentalmente en costear gastos de funcionamiento de ARSA, AUSTRAL e INTERINVEST, honorarios profesionales e incluso anticipos por suministro de combustible. De aquella cantidad, situada en una cuenta bloqueada, aún está pendiente de justificación la última disposición de fondos por 30 millones de dólares y de autorizarse las dos últimas entregas por 30 y 25 millones cada una”

Conclusiones:
- Según el Tribunal de Cuentas de España, Marsans tampoco cumplió con las inversiones destinadas para reactivar industrialmente a Aerolíneas Argentinas, estipuladas en su contrato de compraventa, ni con la cancelación de determinados pasivos para los cuales la SEPI ya le había efectivizado a Marzo de 2006, al menos USD 368 millones (cifra a la que debe sumársele, otros USD 50 millones depositados por la SEPI en Interinvest como aportes irrevocables, el 01/10/01, (un día antes de vendérsela a Air Comet-Marsans). Destacando, particularmente, el incumplimiento de ampliar y renovar la flota empresaria en 23 aviones, en un máximo de 38 meses.

C) RESPONSABILIDADES PENALES DE LOS FUNCIONARIOS ESTATALES QUE ORDENEN LA APROBACIÓN DEL BALANCE 2005 DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS.

El gobierno nacional, rechazó e impugnó judicialmente los tres ejercicios contables hasta ahora presentados por falsos, sosteniendo que se había cometido fraude contable al registrarse pasivos inexistentes por $ 328 millones; y, dado que cada balance incluye y arrastra los datos y resultados expuestos en los anteriores, el balance 2005 de Aerolíneas Argentinas contendrá las mismas falsedades contables y delitos contra la compañía, el Estado nacional y el PPP, que los denunciados judicialmente el 2002, 2003 y 2004 por los Ministerios de Planificación Federal y Economía.

Con lo cual, si nuestro Estado en su carácter de accionista; responsable del cuidado de los intereses y bienes del patrimonio público; como del cumplimiento de las leyes vigentes, aprueba el balance 2005 de Aerolíneas Argentinas, indefectiblemente estará convalidando o siendo cómplice, de todos los delitos que imputó al Grupo Marsans durante tres años consecutivos, incluso de los gravísimos contenidos en la Ampliación de la Impugnación Judicial al Balance 2004 de la compañía, presentado el 13/03/06, incurriendo en un indudable e inocultable acto de corrupción.

En consecuencia, el o los funcionarios de nuestro Estado de cualquier rango, que dispongan u ordenen la aprobación del Balance 2005 de Aerolíneas Argentinas en la Asamblea a llevarse a cabo el próximo 23 de Noviembre, serán pasibles de ser acusados en ante la justicia, mediante denuncia o querella, en lo penal como en lo civil, a título personal o institucional, por quien o quienes consideren que los funcionarios públicos responsables, han incurrido en alguno de los siguientes delitos:

I) Art. 177 – Código Penal Procesal de la Nación.
Tendrán obligación de denunciar los delitos perseguidos de oficio: Los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones.

II) Art. 173 – Código Penal de la Nación. Estafas y otras defraudaciones.
7) El que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos.

III) Art. 249 – Código Penal de la Nación. Abuso de Autoridad y Violación de los deberes de los Funcionarios Públicos. Será reprimido con multa …… e inhabilitación especial……., el funcionario público que legalmente omitiere, rehusare hacer o retardare, algún acto de su oficio.
(Nota: La imputación en el caso de Aerolíneas Argentinas, sería la de violación de sus deberes en concurso ideal, porque dijo lo contrario con anterioridad)

II) Art. 277 – Código Penal de la Nación. Encubrimiento. Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta. No denunciare la perpetuación de un delito o no indivisualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole.

Ley 24.156 - Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Art. 130. Capítulo III – De la Responsabilidad (Civil). Toda persona física que se desempeñe en las jurisdicciones o entidades sujetas a la competencia de la Auditoria General de la Nación, responderá de los daños económicos que por su dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones, sufran los entes mencionados, siempre que no se encontrase comprendida en regímenes especiales de responsabilidad patrimonial.

COMPATRIOTAS:

DADO LOS DELITOS ECONOMICOS DEBIDAMENTE ACREDITADOS COMETIDOS POR EL GRUPO MARSANS CONTRA AEROLÍNEAS ARGENTINAS Y EL ESTADO NACIONAL; SUS VIOLACIONES A NUESTRAS LEYES; Y SUS CUANTIOSOS INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES DE INVERSION, A PESAR DE LOS USD 800 MILLONES ENTREGADOS POR EL ESTADO ESPAÑOL, SI EL GOBIERNO NACIONAL APRUEBA EL BALANCE 2005 DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS, SE CONVERTIRÍA EN CÓMPLICE DE TODOS LOS ACTOS DELICTIVOS QUE EL MISMO DENUNCIÓ ANTE LA JUSTICIA.

TAL APROBACIÓN ESTATAL, VULNERARÍA NUESTRO ESTADO DE DERECHO MEDIANTE UN PACTO DE IMPUNIDAD QUE CONSAGRARÍA LA CORRUPCIÓN PÚBLICA, Y SEPULTARÍA LOS SUEÑOS DE “VERDAD Y JUSTICIA”, PROPUESTOS POR EL PROPIO PRESIDENTE KIRCHNER A LOS ARGENTINOS, EN MAYO DE 2003.

APLA Y APTA, CUMPLIENDO CON SUS OBLIGACIONES INSTITUCIONALES, UTILIZARÁN TODOS LOS RECURSOS LEGALES, GREMIALES, SOCIALES Y POLÍTICOS A SU ALCANCE, PARA IMPEDIR QUE POR FALTA DE VOLUNTAD POLÍTICA POR DEFENDER LOS LEGÍTIMOS INTERESES PÚBLICOS NACIONALES, RESURJA EL ESTADO ENEMIGO DE LOS 90, Y SE CONVALIDE EL SAQUEO FINAL DE NUESTRA LÍNEA AÉREA DE BANDERA, AEROLÍNEAS ARGENTINAS.

Buenos Aires, Noviembre de 2006.

 

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