La Obra 
                                    Social del Personal Técnico Aeronáutico 
                                    brinda a todos sus beneficiarios la cobertura 
                                    establecida en el PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO 
                                    que se encuentra alcanzado por lo establecido 
                                    en las Leyes 24.455 y 24.901, en los Decretos 
                                    1424/97 y 1193/98 y en las Resoluciones MS 
                                    y AS Nº 247/96, 625/97, 301/99, 542/99 
                                    y 791/99. 
                                    Se reconocen todas las prestaciones de su 
                                    Catálogo y se transcribe a continuación 
                                    su compendio:  
                                  PLAN MATERNO INFANTIL 
                                    Cobertura del embarazo (desde su diagnóstico), 
                                    parto y primer mes posterior al nacimiento. 
                                    Atención del recién nacido hasta 
                                    cumplir un año de edad. 
                                    Embarazo y parto: Consultas, estudios de diagnóstico 
                                    relacionados con el embarazo y parto (estudios 
                                    de laboratorio, ecografías, monitoreos 
                                    fetales, etc.), curso de parto sin temor, 
                                    grupos de reflexión y autoayuda; internación 
                                    para el parto o cesárea; medicamentos 
                                    cubiertos 100%. 
                                    Infantil: Estudios para detección de 
                                    fenilcetonuria, hipotiroidismo y fibrosis 
                                    quística. Consultas de seguimiento 
                                    y control. Durante el primer año de 
                                    vida cobertura 100% de internaciones clínicas 
                                    o quirúrgicas, medicamentos e inmunizaciones 
                                    correspondientes. 
                                    Cuando el pediatra lo justifique con resumen 
                                    de historia clínica que avale la receta, 
                                    se reconocerán hasta el tercer mes 
                                    de edad 4 Kg de leche medicamentosa por mes. 
                                    No se cubren leches maternizadas. 
                                   
                                    ATENCIÓN MÉDICA PRIMARIA 
                                    Atención clínica de urgencia 
                                    y programada en consultorio y domicilio. 
                                    Atención pediátrica y ginecológica. 
                                  PROGRAMAS DE PREVENCIÓN 
                                    Incluye control y detección precoz 
                                    de neoplasias femeninas (mama y cuello uterino) 
                                    y pulmón y colon. 
                                    Exámenes en salud de grupos etarios 
                                    riesgosos. 
                                  ATENCIÓN SECUNDARIA 
                                    Comprende consultas en todas las especialidades 
                                    como así también las prácticas 
                                    y estudios complementarios diagnósticos 
                                    y terapéuticos ambulatorios que establece 
                                    el PMO con una cobertura del 100%. 
                                  INTERNACIÓN 
                                    100% de cobertura en internación Clínico-Quirúrgica, 
                                    Especializada, de Alta Complejidad y Domiciliaria, 
                                    Hospital de Día y Cirugía Ambulatoria 
                                    sin coseguros. 
                                    Incluye todas las prestaciones y prácticas 
                                    diagnósticas y terapéuticas 
                                    detalladas en el PMO. 
                                  SALUD MENTAL 
                                  Atención ambulatoria 
                                    hasta 25 sesiones por beneficiario por año 
                                    en cualquiera de sus modalidades. Internación 
                                    de casos agudos hasta 30 días y Hospital 
                                    de día hasta 60 días por año. 
                                  REHABILITACIÓN 
                                    Se cubre el 100% de rehabilitación 
                                    motriz, psicomotriz, readaptación ortopédica 
                                    y rehabilitación sensorial. 
                                    Quinesioterapia: hasta 25 sesiones por afiliado 
                                    por año. 
                                    Fonoaudiología: hasta 25 sesiones por 
                                    afiliado por año. 
                                    Accidente Cerebro vascular: hasta tres meses. 
                                    Post-operatorio de traumatología: hasta 
                                    30 días. 
                                    Grandes accidentados: Hasta seis meses. 
                                  ODONTOLOGÍA 
                                    La cobertura incluye todas las prestaciones 
                                    del Nomenclador Nacional. No se reconocen 
                                    las prótesis dentales. 
                                  MEDICAMENTOS 
                                    Se reconocen todos los medicamentos incluidos 
                                    en el Formulario Terapéutico del PMOE. 
                                    La Cobertura será del 40% o 70% en 
                                    medicamentos ambulatorios (Resoluciones N° 
                                    310/04 y 758/04 MsyA) y del 100% en internados. 
                                    Tendrán cobertura del 100% los siguientes 
                                    medicamentos con las limitaciones impuestas 
                                    por el PMO: 
                                    Eritropoyetina 
                                    Interferón 
                                    Copolímero 
                                    Gestrinona y Danazol 
                                    Teicoplamina 
                                    Factores estimulantes de Colonias granulocíticas. 
                                    Dnasa 
                                    Riluzole 
                                    Factor VIII y Antihemofílicos. 
                                    Somatotropina 
                                    Octreotide 
                                    Cerezyme 
                                    Medicación anti HIV / SIDA. 
                                    Inmunosupresores 
                                    Mestinón 
                                  Para acceder a la provisión 
                                    de los medicamentos nombrados (que no podrán 
                                    ser dispensados en farmacias en forma directa) 
                                    el beneficiario deberá presentar: Historia 
                                    Clínica, protocolo de tratamiento incluyendo 
                                    dosis diaria y tiempo estimado del mismo. 
                                  La medicación no oncológica, 
                                    de uso en protocolos oncológicos, tendrá 
                                    la misma cobertura que la medicación 
                                    ambulatoria, a excepción del ondasetrón. 
                                  En diabéticos cobertura 
                                    de insulina (100%) antidiabéticos orales 
                                    (70%) y tirillas reactivas (400 anuales). 
                                  HEMODIÁLISIS 
                                    Y DIÁLISIS PERITONEAL CONTINUA AMBULATORIA 
                                    La cobertura será del 100% siendo requisito 
                                    indispensable la inscripción de los 
                                    pacientes en el INCUCAI dentro de los primeros 
                                    30 días de iniciado el tratamiento. 
                                  COBERTURA EN OTOAMPLÍFONOS 
                                    Se cubrirá el 100% en patología 
                                    neurosensorial o perceptiva. 
                                    Se cubrirá el 50% en patología 
                                    de conducción. 
                                  NORMAS 
                                    En escolaridad pre-primaria se otorgan audífonos 
                                    retroauriculares bilaterales. 
                                    Hasta los 18 años se otorgan equipos 
                                    intraauriculares. 
                                    Desde los 18 años o fin de la enseñanza 
                                    obligatoria, provisión de un otoamplífono 
                                    retroauricular con moldes para intercambio 
                                    bilateral y recambio cada 5 años. 
                                    En todos los casos es obligatoria la cobertura 
                                    con audífonos convencionales. 
                                    No se cubren los traspositores de frecuencia. 
                                  ÓPTICA 
                                    Los lentes estándar y de contacto se 
                                    cubren 100% hasta los 18 años y 50% 
                                    a partir de los 19 años, reconociéndose 
                                    un par por año. 
                                    Prótesis oculares de reemplazo y lentes 
                                    intraoculares 100%. 
                                  PRÓTESIS Y 
                                    ORTESIS 
                                    Cobertura 100% en prótesis e implantes 
                                    internos permanentes y 50% en órtesis 
                                    y prótesis externas. No se reconocen 
                                    las denominadas miogénicas o bioeléctricas. 
                                    Se reconocerá la de la menor cotización 
                                    de plaza. 
                                    Las indicaciones médicas se efectuarán 
                                    por nombre genérico, sin mención 
                                    o sugerencia de marca o proveedor. 
                                  TRASLADOS 
                                    Se implementará desde, hasta o entre 
                                    establecimientos de salud; para el diagnóstico, 
                                    tratamiento o internación de quienes 
                                    no puedan trasladarse certificado por orden 
                                    médica. 
                                  COSEGUROS 
                                    No abonan: 
                                    - La mujer embarazada desde el diagnóstico 
                                    hasta 30 días después del 
                                    parto, en todas las prestaciones inherentes 
                                    al estado del embarazo, parto y 
                                    puerperio. 
                                    - El recién nacido hasta cumplir el 
                                    año de edad. 
                                    - Los pacientes que padezcan enfermedades 
                                    oncológicas, para todas las 
                                    prestaciones relacionadas con el diagnostico, 
                                    seguimiento y tratamiento de 
                                    su enfermedad de base una vez diagnosticada. 
                                    - Las personas con discapacidad de acuerdo 
                                    a lo estipulado en la Ley 24.901 y su Decreto 
                                    Reglamentario. 
                                    - Las personas infectadas por alguno de los 
                                    retrovirus humanos y las que 
                                    padecen el Síndrome de Inmunodeficiencia 
                                    Adquirida, para el seguimiento 
                                    del padecimiento de base y el diagnostico 
                                    y tratamiento de las enfermedades intercurrentes. 
                                  Los coseguros especificados 
                                    a continuación son los montos máximos 
                                    para 
                                    cada caso: 
                                    Consulta Clínica $2. 
                                    Consulta Médica por Especialista $3. 
                                    Domiciliaria (todos sus tipos) $10. 
                                    Internación SIN COSEGURO 
                                    Estudios y prácticas ambulatorios 
                                    Por Bono u Orden de Baja Complejidad $5. 
                                    Por Bono u Orden de Alta Complejidad $10. 
                                  SALUD MENTAL 
                                    Consultorio por entrevista, consulta o sesión 
                                    $5. 
                                    Domicilio por entrevista, consulta o sesión 
                                    $10. 
                                  REHABILITACIÓN 
                                    En consultorio por sesión $3. 
                                    En domicilio por sesión $10. 
                                  ODONTOLOGÍA 
                                    Nivel 1 - Códigos 02.05 a 02.09, por 
                                    código $5. 
                                    Nivel 2 - Todos los códigos (excepto 
                                    Odontopediatría) $5. 
                                    Nivel 3 - Todos los códigos (excepto 
                                    Odontopediatría y Ortodoncia) $10. 
                                    Los coseguros se abonarán por trabajo 
                                    concluido. 
                                   
                                    PLANES ADICIONALES 
                                    PC Sicomoro: Cubre PMOE ampliado a todas las 
                                    prácticas incluidas en el Nomenclador 
                                    Nacional. Coseguros: Consultas en consultorio 
                                    $ 4; en domicilio $ 10. No posee otros coseguros. 
                                    Valor de cuota adicional: $40. 
                                    C1 Sicomoro: Cubre PMOE ampliado a todas las 
                                    prácticas incluidas en el Nomenclador 
                                    Nacional. Coseguro único: Consulta 
                                    en domicilio $ 10. No posee otros coseguros. 
                                    Habitación individual. Posee además 
                                    las siguientes clínicas: Casa Hospital 
                                    San Juan de Dios (zona oeste), Sanatorio Trinidad 
                                    San Isidro (zona norte) y Sanatorio Trinidad 
                                    Quilmes (zona sur). 
                                    Valor de cuota adicional: $80. 
                                   
                                    BENEFICIARIOS EN TRÁNSITO 
                                  Cuando prevea dejar su lugar 
                                    de residencia (trabajo, vacaciones, etc.) 
                                    comuníquese con la Obra Social para 
                                    informarse sobra la cobertura en su destino. 
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