DISPOSICIÓN EJECUTIVA 13015 DEL 22 
                                    DE AGOSTO DE 1996 COMISIÓN DE LA CASA 
                                    BLANCA DE SEGURIDAD EN LA AVIACIÓN  | 
                              
                            
                            Por la autoridad que en mi se enviste como Presidente 
                              designado por la Constitución y las leyes 
                              de los Estados Unidos incluyendo el artículo 
                              301 del título 3 del código de los 
                              Estados Unidos por medio de la presente se ordena 
                              lo siguiente:
                            Artículo 1- Creación
                              Se crea la Comisión de la Casa Blanca de 
                              seguridad en la aviación . La Comisión 
                              no será integrada por más de 25 miembros 
                              que serán designados por el Presidente, de 
                              los sectores público y privado cada uno de 
                              los cuales tendrá experiencia y práctica 
                              en algún aspecto de la seguridad. El vicepresidente 
                              de los EEUU tendrá el cargo de Presidente 
                              de la Comisión.
                            Artículo 2- Funciones
                              La Comisión advertirá al Presidente 
                              sobre cuestiones que involucren la seguridad de 
                              la aviación, incluyendo el control de tráfico 
                              aéreo.
                              La Comisión desarrollará y recomendará 
                              al Presidente una estrategia diseñada para 
                              mejorar la seguridad de la aviación tanto 
                              en forma interna como internacional.
                              El Presidente de la Comisión podrá 
                              de vez en cuando invitar a expertos a exponer información 
                              a la Comisión, también podrá 
                              mantener audiencias sobre cuestiones importantes 
                              y podrá formar comités y equipos para 
                              asistir a la Comisión en el cumplimiento 
                              de objetivos y tareas que podrán incluir 
                              a individuos que no sean miembros de dicha Comisión.
                            Artículo 3- Gobierno
                              Los directivos de las secretarías y organismos 
                              ejecutivos podrán, según la ley se 
                              los permita, proveer a la Comisión información 
                              relacionada con la seguridad de la aviación 
                              según lo requiera la comisión para 
                              el cumplimiento de sus funciones.
                              La Comisión será respaldada tanto 
                              financiera como administrativamente por el Departamento 
                              de Transporte y otras fuentes (incluyendo otros 
                              organismos federales) que puedan contribuir legalmente 
                              a las actividades de la Comisión.
                            Artículo 4- General
                              Yo he determinado que la Comisión será 
                              establecida de acuerdo con la ley federal del comité 
                              asesor, según reforma. No obstante cualquier 
                              otra disposición ejecutiva, las funciones 
                              del Presidente según la ley de comité 
                              asesor, según la reforma será llevada 
                              a cabo por el secretario de transporte de acuerdo 
                              con los principios y procedimientos establecidos 
                              por el administrador de servicios generales exceptuando 
                              aquellos que se informen al Congreso.
                              La Comisión existirá por un período 
                              de seis meses desde la fecha de ésta disposición, 
                              a menos que sea extendida por el Presidente.
                            WILLIAM JEFFERSON CLINTON
                              LA CASA BLANCA
                              22 DE AGOSTO DE 1996
                              (FR DOC. 96-21996)
                            CARTA CONSTITUCIONAL DE LA COMISION DE 
                              LA CASA BLANCA PARA LA SEGURIDAD EN LA AVIACION
                            I. Creación:
                              Este documento crea la Comisión de la Casa 
                              Blanca para la Seguridad en la Aviación según 
                              lo ordena el Presidente el 25 de julio de 1996.
                            II. Objetivos, Alcance de Actividades y 
                              Descripción de Tareas:
                              A- La Comisión funcionará solamente 
                              como un cuerpo consejero. Su tarea incluirá 
                              un estudio comprensivo del estado actual, y las 
                              medidas para mejorar la seguridad en la aviación 
                              civil (incluyendo el control de tráfico aéreo) 
                              con respecto a la aviación internacional 
                              y local. Este estudio resultará de varios 
                              informes que incluirán recomendaciones por 
                              dichas acciones legislativas, judiciales y administrativas 
                              según lo considere aconsejable la Comisión.
                            B- La Comisión tendrá los 
                              siguientes poderes:
                              1- Para propósitos de llevar a cabo sus tareas 
                              la comisión podrá tener audiencias 
                              y actuar en momentos y lugares en que la misma lo 
                              considere conveniente.
                              2- La Comisión podrá formar comités 
                              y equipos para asistirla en el cumplimiento de sus 
                              objetivos y tareas. Estos comités y equipos 
                              podrán incluir individuos que no sean miembros 
                              de la Comisión.
                            III. Miembros de la Comisión:
                              La Comisión consistirá de un máximo 
                              de 25 personas que serán designadas por el 
                              Presidente y cuyos períodos en el cargo será 
                              por el término de duración de la Comisión:
                              A- El Vicepresidente será 
                              el Presidente de la Comisión.
                            B- Todos los demás miembros 
                              serán designados por el Presidente para asegurar 
                              una representación balanceada entre esas 
                              personas que tienen experiencia en los asuntos que 
                              serán dirigidos por la Comisión.
                            C- Los miembros de la Comisión 
                              del sector privado serán designados para 
                              asistir como representantes de varios sectores incluyendo 
                              el de inteligencia, tecnología y comunidades 
                              relacionadas con la aviación, y de este modo 
                              no estarán sujetos a las restricciones de 
                              los conflictos de interés del 18.S.C.202-09.
                            D- Una vacante en la Comisión 
                              no afectará sus poderes.
                            IV. Duración:
                              La Comisión existirá por un período 
                              de seis meses a menos que sea extendido por el Presidente 
                              con anterioridad a la fecha antes mencionada.
                            V. Oficial al que la Comisión deberá 
                              informar:
                              La Comisión informará (a través 
                              de su Presidente) al Presidente de los Estados Unidos.
                            VI. El Organismo responsable para proveer 
                              apoyo a la Comisión:
                              El Departamento de Transporte (DoD) es el patrocinante 
                              oficial de la Comisión y el Secretario de 
                              Transporte (o quien el designe) actuará como 
                              Oficial Federal Designado de la Comisión. 
                              Cada secretaría, organismo o sucursal ejecutiva 
                              del gobierno federal (incluyendo organismos independientes) 
                              podrán según lo requiera el presidente 
                              proveer a la Comisión de información 
                              y respaldo, sin reembolso alguno según la 
                              Comisión lo considere necesario para llevar 
                              adelante sus funciones.
                            VII. Costos operativos anuales estimados:
                              Los costos operativos anuales para la Comisión 
                              están estimados en aproximadamente 250.000 
                              dólares estadounidenses y cinco (5) personas-años.
                            VIII. Número estimado y frecuencia 
                              de reuniones:
                              La Comisión (y todo comité o equipo) 
                              que colabore con la Comisión se reunirá 
                              las veces que el Presidente, el Oficial Federal 
                              Designado o personas designadas por ellos, así 
                              lo requieran. El número total de reuniones 
                              durante los seis meses de operación será 
                              aproximadamente de diez.
                            IX. Fecha:
                              Este documento se archiva el 21 de agosto de 1996.